top of page
DSCF1286_edited.jpg

Involucrarse

Soy un párrafo. Haga clic aquí para agregar su propio texto y editarme. Soy un gran lugar para que cuentes una historia y dejes que tus usuarios sepan un poco más sobre ti.

Política de Protesta de Adquisiciones

Proporcionar orientación para permitir que cualquier licitador o contratista potencial tenga un remedio para corregir un error percibido en el proceso de adquisición. Los siguientes procedimientos de protesta se emplearán para esta adquisición. A los efectos de estos procedimientos, "días" significará días hábiles del personal administrativo de FHATA que no sean sábados, domingos ni feriados legales observados por FHATA para dicho personal administrativo.

 

Pre apuesta:Se recibe una protesta previa a la oferta antes de la fecha de vencimiento de la oferta. Las protestas previas a la presentación deben ser recibidas por la Agencia, por escrito y dirigidas al Director de Finanzas de FHATA, a más tardar cinco (5) días antes de la fecha de cierre de la oferta.

 

Post-Presentación/Pre-Adjudicación.Una protesta posterior a la presentación/anterior a la adjudicación es una protesta contra la adjudicación y se recibe después de recibir las ofertas pero antes de la adjudicación de un contrato. Las protestas posteriores a la presentación deben ser recibidas por la Agencia, por escrito y dirigidas al Director de Finanzas de FHATA, a más tardar cinco (5) días después de la fecha de cierre de la oferta.

 

Post-Premio.Las protestas posteriores a la Adjudicación deben ser recibidas por la Autoridad, por escrito y dirigidas al Director de Finanzas de FHATA, a más tardar cinco (5) días después de la fecha de la Notificación de Intención de Adjudicación.

 

Todas las protestas deben enviarse a:

Agencia de transporte del área de Flint Hills

A la atención de: Director de Finanzas

5815 Avenida Marlatt

Manhattan, Kansas 66503

 

Respondiendo a la protesta:El Director de Finanzas de FHATA deberá responder por escrito dentro de los cinco (5) días a partir de la fecha de la solicitud por escrito. Si el protestante no está satisfecho con la respuesta del Director de Finanzas de FHATA, puede apelar por escrito al Director Ejecutivo de FHATA dentro de los cinco (5) días a partir de la fecha de la respuesta del Director de Finanzas de FHATA.

 

El Director Ejecutivo de FHATA decidirá si la protesta y la apelación (si corresponde) han recibido una consideración justa y razonable, o si se justifica una consideración adicional. La respuesta del Director Ejecutivo de FHATA se proporcionará dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción de la solicitud. La decisión del Director Ejecutivo de FHATA es final y FHATA no tomará ninguna otra acción sobre la protesta.

 

Mediante notificación por escrito a todas las partes, el Director de Finanzas de FHATA puede extender el tiempo previsto para cada paso de los procedimientos de protesta, extender la fecha de notificación de adjudicación o posponer la adjudicación de un contrato si lo considera apropiado para la resolución de la protesta.

 

Los manifestantes deben conocer los procedimientos de protesta de la Administración Federal de Tránsito (FTA) con la Oficina Regional de FTA (ref: FTA Circular 4220.1F) Si se trata de fondos federales, FTA revisará las protestas de un tercero solo cuando: 1) un concesionario no tiene un procedimiento de protesta por escrito o no sigue su procedimiento, o no revisa una queja o protesta; o 2) se han producido violaciones de leyes o reglamentos federales específicos.

La oficina regional de FTA debe recibir una apelación a FTA dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en que el reclamante se enteró o debería haberse enterado de la decisión de FHATA. Las protestas deberán dirigirse a: Administrador Regional, FTA Región 7, 901 Locust, Room 404, Kansas City, Missouri, 64106.

Programa de Empresas Comerciales Desfavorecidas:

La Administración Federal de Tránsito (FTA, por sus siglas en inglés) exige que los beneficiarios de la subvención de la FTA tomen las medidas necesarias y razonables para garantizar que las empresas comerciales en desventaja (DBE, por sus siglas en inglés) tengan la máxima oportunidad de participar en la ejecución de contratos que se financian en su totalidad o en parte con fondos federales. fondos. Como evidencia de cumplimiento, FHATA debe establecer objetivos para la participación de DBE en dichos contratos que se espera que se adjudiquen durante el siguiente año fiscal y describir los esfuerzos del año fiscal anterior. Los objetivos DBE de FHATA deben presentarse cada tres años ante FTA antes del 1 de agosto.

 

A los efectos de este programa, una DBE se define como: una pequeña empresa que es propiedad y está controlada por personas social y económicamente desfavorecidas. Esto significa que las personas desfavorecidas deben poseer al menos el 51 % de la empresa y deben controlar la gestión y las operaciones diarias de la empresa. Incluidos en la clasificación de personas desfavorecidas están los ciudadanos de los Estados Unidos que son: afroamericanos, hispanoamericanos, nativos americanos, asiático-estadounidenses del Pacífico, asiáticos-indios estadounidenses, mujeres o miembros de otros grupos o individuos que la Administración de Pequeñas Empresas (SBA, por sus siglas en inglés) ha están en desventaja económica y social según la Sección 8(a) de la Ley de Pequeñas Empresas.

Cláusulas del contrato

Cláusulas de Contratos Federales:Consulte el PPM de la Agencia para conocer las Cláusulas de Contratos Federales que deben incluirse en cada tipo de contratación. Estas cláusulas son obligatorias por la circular FTA C 4220.1F, Guía de contratación de terceros en virtud de las Leyes federales de tránsito, Título 49, Capítulo 53 del USC.

 

Cláusulas Adicionales del Contrato para Precios, Tiempo de Ejecución, Otras Disposiciones:La Junta de FHATA podrá promulgar reglamentos que permitan o exijan la inclusión de cláusulas que dispongan ajustes en los precios, el tiempo de ejecución u otras disposiciones contractuales, según corresponda, que cubran los siguientes temas:

 

a. el derecho unilateral de FHATA de ordenar por escrito:

  • cambios en el trabajo dentro del alcance del contrato; y

  • interrupción temporal del trabajo o retraso en el desempeño; y

 b. variaciones que ocurren entre las cantidades estimadas de trabajo en un contrato y las cantidades reales.

Cláusulas Adicionales del Contrato para Remedios:La Junta de FHATA puede promulgar reglamentos que incluyen, entre otros, reglamentos que permiten o requieren la inclusión en los contratos de FHATA de cláusulas que brinden los remedios apropiados y cubran los siguientes temas:

a. daños liquidados según corresponda;

b. excusas especificadas por retraso o incumplimiento;

C. rescisión del contrato por incumplimiento; y

d. rescisión total o parcial del contrato por conveniencia de FHATA.

 

Modificación de Cláusulas:El Director Ejecutivo puede variar las cláusulas promulgadas por la Junta de FHATA bajo esta sección para su inclusión en cualquier contrato de FHATA en particular; siempre que cualquier variación esté respaldada por una determinación por escrito que establezca las circunstancias que justifican dicha variación, siempre que la Junta de FHATA apruebe dicha variación y siempre que el aviso de dicha variación material se indique en el Anuncio de ofertas o Solicitud de propuestas.

Información del contacto

5815 Avenida Marlatt
Manhattan, Kansas 66503
(785) 537-6345
fhata@fhata.org

bottom of page